Aunque no seas un entendido del vino, seguro que estás familiarizado con términos como “Crianza”, “Reserva”, “Gran Reserva” o vino “Joven”, pero lo que quizás no conozcas es que no en todas las Denominaciones de Origen se establecen los mismos requisitos para tipificar los vinos. Pues bien, como es lógico, aquí vamos a hablar de esas menciones y términos de nuestra zona, la DOP Utiel-Requena, única y con carácter especial.
Etiqueta de los vinos de la DOP Utiel-Requena
“Vendimia Inicial”
Para vinos blancos, rosados y tintos elaborados a partir de uvas cosechadas en los diez primeros días de vendimia, en la que su juventud le causa sus atributos especiales.
“Superior”
Para los vinos elaborados, al menos, con un 85% de las variedades preferentes de la zona delimitada con o sin paso por barrica de roble que poseen unas cualidades organolépticas “superiores” que los hacen dignos de esta mención.
“Bobal con mención específica”
Es un distintivo adicional a los vinos rosados y tintos monovarietales de Bobal con las tipificaciones finales de “crianza”, reserva”, “gran reserva”, “superior”, “vendimia inicial”, “madurados en barrica» y “mención Utiel-Requena”.
“Madurado” o “madurado en barrica»
Reciben esta distinción todos aquellos vinos tintos o blancos que hayan pasado por barrica de roble o cono con una capacidad máxima de 600 l, por tiempo no superior a 6 meses.
Uva de la variedad autóctona de la zona, la Bobal
“Crianza”
En el caso de los tintos deben cumplir un periodo mínimo de envejecimiento de 24 meses, de los cuales, al menos, 6 deben permanecer en barricas de roble de una capacidad máxima de 330 l. Y por lo que respecta a los blancos y rosados deben tener un periodo mínimo de envejecimiento de 18 meses, de los cuales deben permanecer, al menos, 6 meses en barricas de roble de la misma capacidad. Se excluyen de esta distinción los espumosos, vinos de aguja y vinos de licor.
«Reserva»
Este término tradicional se emplea para los tintos que pasen un periodo mínimo de envejecimiento de 36 meses, de los cuales, al menos 12 meses debe ser en barricas de roble de una capacidad máxima de 330 l y en botella el resto de este periodo. En el caso de los blancos y rosados deben tener un periodo mínimo de envejecimiento de 24 meses, de los cuales, al menos, 6 meses en barricas de roble de la misma capacidad máxima y en botella el resto de este periodo. Se excluyen igualmente los espumosos, vinos de aguja y vinos de licor.
“Gran Reserva”
Se les cataloga así a los vinos tintos con un periodo mínimo de envejecimiento de 60 meses, con al menos 18 de ellos en barricas de roble de una capacidad máxima de 330 l y en botella el resto de este periodo y en el caso de los vinos blancos y rosados deben tener un periodo mínimo de envejecimiento de 48 meses, con al menos 6 meses de ellos en barricas de roble de la misma capacidad máxima y en botella el resto de este periodo.
“Bobal Alta Expresión”
Para los vinos monovarietales de Bobal, con o sin crianza, que garanticen la máxima expresión del territorio con esta variedad. Los viñedos dedicados a la obtención de vinos de esta mención, serán de mas de 35 años de antigüedad, no podrán ser regados, salvo autorización del Consejo Regulador y su rendimiento no sobrepasará los 4000 Kgr./Ha. Las etiquetas de los vinos de esta mención, reflejaran el número total de botellas de cada partida.
En próximos post de este blog, seguiremos aprendiendo y descubriendo las particularidades y características de los vinos de la DOP Utiel-Requena que los hacen únicos y singulares.
Quisiera agradecer el buen trato y la profesionalidad de Esperanza que nos atendió en nuestra visita a sus instalaciones en la Bodega Redonda
Muchas gracias Néstor, le trasladamos tu mensaje.
Sin duda es una gran compañera y excelente profesional.